Guía práctica · VERI*FACTU 2027

Cómo prepararte para VERI*FACTU sin agobios

Se acerca la Ley Antifraude y hay mucho vendedor metiendo miedo con fechas falsas. Esta guía te cuenta lo que de verdad tienes que hacer, con las fechas reales del BOE, qué debe cumplir tu software y cómo no equivocarte al elegirlo. Sin humo.

Lectura de 7 min · fuentes: BOE · AEAT · RD 1007/2023 · Orden HAC/1177/2024 · actualizada julio 2026

1 · Qué es VERI*FACTU, de verdad

Olvídate de la jerga. VERI*FACTU es, sencillamente, la forma en que la ley obliga a que se generen las facturas a partir de 2027 para que Hacienda pueda fiarse de ellas y nadie pueda "cocinar" la caja.

Un programa de facturación normal imprime un PDF, y ese PDF se puede borrar, duplicar o retocar. Un sistema VERI*FACTU hace tres cosas que un PDF no hace:

  • Encadena las facturas con una huella digital. Cada factura guarda un "resumen matemático" (un hash) de la anterior. Si alguien intenta borrar o cambiar una, la cadena se rompe y se nota al instante. Eso hace el registro inalterable.
  • Añade un código QR de verificación. Con la leyenda «VERI*FACTU – Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Quien reciba la factura la escanea y comprueba que es real contra Hacienda.
  • Remite el registro a la AEAT al emitir. En la modalidad VERI*FACTU, cada factura se comunica a Hacienda en el momento. Tú no haces nada: se manda sola.
Existe una segunda modalidad (guardar los registros en tu propio equipo en vez de enviarlos). Suena a más libertad, pero exige firma electrónica y un registro de eventos mucho más complejo. Para la mayoría de negocios, la modalidad VERI*FACTU —enviar a la AEAT— es la más simple y la que menos te complica la vida.

2 · Las fechas reales (tras las prórrogas)

Aquí es donde más humo hay. La obligación se ha prorrogado dos veces; la última, por el Real Decreto-ley 15/2025. Estas son las fechas vigentes hoy:

QuiénDesde cuándo
Sociedades (empresas que presentan el Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027

En julio de 2026 no estás obligado todavía. Cualquiera que te diga "ya es obligatorio" te está vendiendo miedo. Ahora bien: adaptarse el último trimestre, cuando las gestorías estén desbordadas, es pedir problemas. La ventana buena para hacerlo con calma es ahora. Tienes el historial completo de prórrogas y las fuentes del BOE en nuestra guía de fechas VERI*FACTU.

3 · ¿Te obliga a ti? (y quién queda fuera)

La regla general: si emites facturas (completas o tickets) como autónomo o empresa en territorio común, te obliga. Pero hay excepciones concretas que conviene conocer:

Quedas FUERA si…Por qué
Estás en el SIIGrandes empresas (normalmente > 6 M € de facturación) que ya reportan a la AEAT casi en tiempo real.
Tributas en País Vasco o NavarraAllí rige TicketBAI, su propio sistema, no VERI*FACTU.
No estás obligado a emitir facturaCiertas operaciones exentas y alquileres de vivienda de particulares sin actividad.

Si dudas de en cuál estás, no adivines: pregúntale a tu gestor o escríbenos tu caso y te lo confirmamos gratis.

4 · Qué debe cumplir tu software

No todos los "programas de facturas" valen. Para ser conforme, el sistema tiene que garantizar cuatro cosas que la norma nombra palabra por palabra —integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad— y, en la práctica, incluir:

  1. Cadena de huellas (hash SHA-256) enlazando cada factura con la anterior.
  2. Código QR con la leyenda oficial de verificación en cada factura y ticket.
  3. Numeración correlativa sin saltos ni duplicados.
  4. Remisión a la AEAT (modalidad VERI*FACTU) o firma + registro de eventos (la otra modalidad).
  5. Declaración responsable del fabricante (art. 13 RD 1007/2023), una por cada versión, disponible en PDF antes de que la compres.
Esa declaración responsable es clave y casi nadie la enseña. Si eres gestoría y revendes software a tu cartera, sin esa declaración por versión respondes tú de las sanciones del 201 bis. Exígela siempre por escrito.

5 · Cómo elegirlo sin equivocarte

El cumplimiento técnico es casi un commodity: hay cientos de programas conformes. Lo que marca la diferencia no es "¿cumple?" (casi todos), sino si lo vas a usar de verdad. Y si ya usas un programa, comprueba primero si va a cumplir en nuestro comprobador de software VERI*FACTU — ojo: FacturaPlus y ContaPlus no van a cumplir nunca. Fíjate en esto:

  • ¿Lo sabrás usar? El mejor software es el que no te obliga a aprender nada. Si dictas la factura por WhatsApp o la haces con una foto, la vas a usar; si tienes que pelearte con una pantalla llena de campos, la dejarás.
  • ¿Hace tickets (facturas simplificadas)? Si vives del ticket, esto es innegociable (ver punto 6).
  • ¿Te ata? Huye de permanencias largas y de precios "a consultar". El mercado está en 0-10 €/mes: no pagues de más ni firmes años.
  • ¿Te da la declaración responsable por escrito? Si no te la enseñan, mala señal.
  • ¿Se lleva bien con tu gestoría? Que los datos le lleguen ordenados le ahorra trabajo a tu asesor (y a ti, discusiones).

6 · El caso de los tickets (y la trampa de la app gratis)

La AEAT ha sacado una aplicación gratuita que cumple VERI*FACTU. Suena perfecto… hasta que lees la letra pequeña: no emite facturas simplificadas (tickets) y obliga a identificar al destinatario en cada factura, sin regímenes especiales de IVA ni automatización.

Traducido: si haces cuatro facturas al mes con nombre y apellidos, la app gratis te sirve. Pero si eres un bar, una tienda, una peluquería, un taxi, un taller —negocios que despachan tickets todo el día— la app gratis no te vale, y necesitas un software que cubra la factura simplificada. Es el hueco que deja Hacienda y el que hay que tapar. Tienes el desglose completo (con la tabla punto por punto y cómo el Kit Digital puede pagarte el software) en la comparativa app AEAT vs software.

Factura dictándolo por WhatsApp

Nuestro sistema hace tickets y facturas VERI*FACTU desde el chat: lo dices o lo dictas y sale legal, con QR, cadena de huellas y remisión a la AEAT. Sin aprender ningún programa.

Ver altruia factura →

7 · Sanciones (sin dramatizar)

Las multas del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria son reales, pero conviene entenderlas bien para no caer en el miedo-marketing:

SituaciónMulta
Fabricar o vender software no conformehasta 150.000 €/ejercicio
Vender un sistema sin la declaración responsable1.000 € por sistema
Tener un sistema que permita alterar datoshasta 50.000 €/ejercicio

El grueso de las sanciones apunta a fabricantes y vendedores, no al autónomo de a pie que usa un programa de buena fe. Tu riesgo real como usuario es usar un sistema que no cumpla; la forma de blindarte es elegir uno con su declaración responsable. Sin pánico, pero sin descuidarlo.

8 · Checklist para llegar a tiempo

  • Averigua tu fecha: ¿sociedad (ene-2027) o autónomo (jul-2027)?
  • Comprueba que no estás en una excepción (SII, País Vasco/Navarra, no obligado a facturar).
  • Si haces tickets, descarta la app gratis de la AEAT: no los emite.
  • Elige un software conforme que de verdad vayas a usar (fácil > completo).
  • Pide y guarda la declaración responsable por versión.
  • Avisa a tu gestoría de qué sistema vas a usar, para que reciba los datos ordenados.
  • Hazlo antes del último trimestre, no en plena avalancha.

Y si prefieres no pelearte con nada de esto: dictas la factura y ya está. Mira cómo funciona altruia factura, busca lo que cambia en tu sector, o repasa las fechas reales y el resto de herramientas gratis para tu negocio.

¿Y en tu caso?

Déjanos tu teléfono y lo vemos con lo que facturas tú: qué fecha te aplica y qué tienes que cambiar, si es que hay que cambiar algo.

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